martes, 25 de octubre de 2016

LEGISLACIÓN



ORDEN de 4 de Febrero de 2005, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de servicios sociales especializados para la atención de personas mayores.


La Ley 5/1997, del 25 de Junio, de la Generalitat Valenciana por la que se regula el sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana, atribuye a la administración Autonómica, a través de la Consejería de Bienestar Social, tanto como la autorización de funcionamiento de los centros de Servicios Sociales como el establecimiento de los mínimos de calidad que hay que cumplir todos los centros, con el fin de garantizar las condiciones dignas y adecuadas de los mismos.

CENTROS DE DÍA DE PERSONAS MAYORES DEPENDIENTES
DEFINICIÓN:

Se denomina centro de día para personas mayores dependientes a todo establecimiento que ofrezca un programa de atención diurna especializado a personas que precisan de ayuda para la relación de las actividades básicas y/o actividades instrumentales de la vida diaria. Sus objetivos son mantener, preservar y/o mejorar la funcionalidad de los usuarios y servir de apoyo a la familia, mediante la previsión de un recurso que posibilite la vida socio-laboral de sus miembros.

CAPACIDAD:
Los centros de día para personas mayores dependientes tendrán una capacidad máxima de 100 plazas. 

USUARIOS:
Podrán ser usuarios las personas mayores de 60 años con problemas de dependencia que presenten enfermedades crónicas, pluripatología, con limitación de su autonomía y que requieran una atención socio-sanitaria especializada, supervisión médica, cuidados de enfermería o rehabilitación, que no se puedan prestar adecuadamente en el domicilio.


Con carácter excepcional los centros de día podrán atender, con independencia de la edad, a personas que se encuentren en algunas de estas situaciones:
- Demencias que no requieran cuidados sanitarios continuados por evolución de la enfermedad.
- Crónicos con patologías que generan problemas funcionales y/o cognitivos.
- Crónicos con patología osteoarticular degenerativa y traumatológica.
- Secuelas funcionales post-intervención quirúrgica o accidente.

Quedan excluidos enfermos mentales, discapacitados psíquicos y personas dependientes que requieran cuidados sanitarios continuados y aquellas que tengan trastornos de la conducta que perturben gravemente la convivencia.


PROFESIONALES:

Los centros de día son áreas especializadas en la tercera edad, formadas por profesionales dedicados a la prevención, tratamiento y cuidado de las personas mayores. Lo que se propone es que el mayor pueda seguir viviendo en su casa y, a su vez, recibir la atención y tratamientos que necesita, cuidando así su calidad de vida.

Por ello, para nosotros es fundamental contar con profesionales especializados en nuestros centros y, de hecho, la búsqueda de personal es una de las tareas mas complicadas que desarrollamos como gestores.

En los centros de día trabajan desde médicos a fisioterapeutas.
La diversidad de programas y actividades que hay en estos centros exige un equipo profesional muy diversificado:

Médico, psicólogo, trabajador social, enfermero, terapeuta ocupacional, fisioterapeuta, auxiliar de enfermería, además del coordinador/director del centro, un administrativo y, con carácter propio o concentrado, personal de cocina, limpieza y transporte. De forma complementaria, puede haber podólogo y peluquero.






jueves, 13 de octubre de 2016

MUNEM


¿Quiénes somos?

Tiene su sede en Benidorm, se encuentra situada en la calle principal del centro de Benidorm.

MISIÓN:

La plena integración de las personas con parálisis cerebral en la sociedad, el respeto a sus derechos inherentes a su dignidad humana y el logro de una calidad de vida satisfactoria y adecuada asus necesidades individuales.

La Fundación MUNEM tiene la misión de mejorar la calidad de vida de las personas afectadas cerebrales, ayudar a sus familiares, facilitándoles información, experiencia profesional y apoyo, y concienciar a la sociedad de la importancia de este colectivo y de su derecho a participar activamente en ella.

Defiende el derecho de las personas afectadas cerebrales a una integración social plena en todas las etapas de su proyecto de vida, desde la edad más temprana hasta su integración laboral y reivindica la eliminación de cuantas dificultades y obstáculos que supongan una limitación a su plena realización personal.


VALORES:


  • RESPETO DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES: 

TRASPARENCIA

Nos comprometemos a hacer públicas las actividades de captación de fondos privados y públicos , su fuente y su recaudación anual.

La gestión de la entidad deberá ser responsable y leal, buscando en todo momento el logro de los objetivos de la Fundación.



PROFECIONALIDAD
Fundación MUNEM llevará una gestión profesional.
RESPONSABILIDAD: 
Fundación MUNEM asume la responsabilidad de reconocer y dar respuesta a las necesidades e inquietudes de las personas con parálisis cerebral y sus familias, mejorando los resultados y los recursos y estableciendo criterios de calidad para atender las demandas de manera personalizada.

ACCESIBILIDAD:
  Fundación MUNEM proporciona un servicio accesible, que puede ser utilizado por la mayor parte de personas, de forma autónoma, dándoles una ayuda a sus necesidades y expectativas, favoreciendo un ambiente participativo y formenta el voluntariado.


CERCANÍA:

Proporciona un trato cálido y amistoso necesario para el desarrollo de su capacidad empática y escucha activa para comprender los problemas.

 SOLIDARIDAD:

Promueve la colaboración y la solidaridad con otros colectivos de la discapacidad.

COMPROMISO:

Con las personas con Parálisis Celebral y sus familias: Se compromete a mantener, mantener y defender los principios y valores recogidos en esta declaración.

PROMOCIÓN DEL VOLUNTARIADO:

Fundación MUNEM reconoce la importancia del voluntariado, su papel como expresión de la participación ciudadana en el desarrollo cultural, político, economico de la comunidad social, y se compromete en su impulso y promoción.

Mapa de ubicación:











 Organigrama:


martes, 11 de octubre de 2016

CONCEPTOS DE AUTONOMÍA Y DEPENDENCIA:



Autonomia:

La capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Dependencia:

El estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

jueves, 6 de octubre de 2016

Presentación



Hola, somos Tania, Paula y Laia estudiantes de el Instituto Josep Iborra de Benissa, estamos haciendo un ciclo formativo de Personas en Situación de Dependencia en el módulo de Organización de la atención a personas.
Hemos creado este Blog para trabajar los contenidos y estudiarlos en profundidad durante este curso.